CONVOCATORIA
ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
CLUB CAMPESTRE DEL CARIBE S.A. EN LIQUIDACIÓN
ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
Martes 28 de Septiembre del 2021 – Hora: 4:00 P.M.
PRIMERA CONVOCATORIA
El suscrito Revisor Fiscal de la Sociedad CLUB CAMPESTRE DEL CARIBE S.A. en liquidación, Rafael Enrique Molina Barrios identificado con C.C. No. 7.406.909 y T.P. No. 1057-T,en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 54 de los estatutos y 423 del Código de Comercio, convoca a los Señores Accionistas a la Reunión de Asamblea extraordinaria, no presencial, que se efectuará según lo autorizado en el artículo 19 de la Ley 222 de 1995, modificado por el artículo 148 del Decreto 019 de 2019 y el artículo 1 del Decreto 398 de 2020, el 28 de septiembre de 2021 a las 4:00 PM, por medio virtual, a través del medio tecnológico denominado plataforma PROPIEDATA S.A.S.
Los accionistas podrán acceder a la reunión, siguiendo los pasos señalados para el efecto, que se encuentran en la página Web del Club:
www.clubcampestredelcaribe.com
En la Asamblea se deliberará y decidirá sobre el siguiente orden del día:
- VERIFICACIÓN DEL QUORUM.
- APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA.
- ELECCIÓN DEL PRESIDENTE Y SECRETARIO DE LA ASAMBLEA.
- APROBACIÓN DEL BALANCE DEL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2019.
- APROBACIÓN DEL BALANCE A CORTE 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2020 PARA EFECTOS DE EVENTUAL DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN.
- APROBACIÓN DE DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CLUB CAMPESTRE DEL CARIBE S.A., POR DECISIÓN DE LOS ASOCIADOS.
- RATIFICACIÓN DE LOS LIQUIDADORES:
LIQUIDADORES PRINCIPALES
ALFONSO JOSE JALLER CABALLERO
FAUSTO DAVID JALIL BENITEZ
RAFAEL GUILLERMO NASSAR COLL
LIQUIDADORES SUPLENTES
ROBERTO SABBAG CHAUVEZ
JAIME ALBERTO OCHOA MUÑOZ
CESAR AUGUSTO MOLINA CASTRO
8. AUTORIZACIÓN PARA LEVANTAR EL DERECHO DE PREFERENCIA PARA TRANSFERIR LAS ACCIONES DE SOCIOS A OTROS SOCIOS SEAN PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS, FAMILIARES DE SOCIOS. EN CUALQUIER MODALIDAD SEA DONACIÓN, CESIÓN O VENTA.ESTA APROBACIÓN DEJA SIN EFECTO A CUALQUIER DECISIÓN LLEVADA A CABO ANTERIORMENTE.
9. RATIFICACIÓN DEL REVISOR FISCAL.
Los poderes para hacerse representar en la reunión se deben presentar al momento de la inscripción en la plataforma Propiedata. No hay que autenticarlos.
Los Estados Financieros, cuentas y documentos contables que se someterán a aprobación en la Asamblea, estarán a disposición de los accionistas en la página web del Club Campestre del Caribe S.A. www.clubcampestredelcaribe.com, para el ejercicio del derecho de inspección, dentro de los 15 días anteriores a la fecha fijada para la Asamblea y si se requiere algún otro documento o información, el socio deberá solicitarlo directamente al correo del Club (gerencia @clubcampestredelcaribe.com), o a través de la página habilitada para el efecto, dentro de dicho término.
Dentro del término de inspección, deberán los socios diligenciar a través de la página web, su proceso de inscripción para asistir a la asamblea virtual, a fin de que llegado el día de la misma, no existan contratiempos y/o dificultades técnicas para lograrlo.
CONSULTE LOS DOCUMENTOS DE LA ASAMBLEA DE LA SOCIEDAD CLUB CAMPESTRE DEL CARIBE S.A. EN LIQUIDACIÓN
PREGUNTAS FRECUENTES
Asamble General Extraordinaria de Socios
Propiedata, es la herramienta tecnológica contratada por el Club que facilitará la transmisión, verificación de Quorum en tiempo real y las votaciones.
Ubíquese en un sitio tranquilo, sin elementos de distracción. Tener las siguientes herramientas:
• Computador de mesa o Portátil
• Navegador Chrome
• Parlantes de sonido
• Micrófono (puede usar manos libres)
• Cámara web (opcional)
• Internet banda ancha (10mb)
Los Socios Habilitados para votar recibirán un correo electrónico de la empresa Propiedata, para que realicen su prescripción.
Concurrencia de un número de personas o accionistas que representen más del 50% de las acciones suscritas. En este evento, la proposición requiere para su aprobación el voto de un 75% del capital suscrito, presente en la reunión.
El quorum deliberatorio debe ser del 35% de las acciones suscritas como mínimo.
En este evento, la proposición requiere para su aprobación el voto de un 50% del capital suscrito, presente en la reunión.
Se puede representar dos (2) máximo por persona.
No pueden representar acciones diferentes a las suyas, por prohibición expresa del Código de Comercio.
No pueden votar la aprobación de los balances, por prohibición expresa del Código de Comercio.
Se convoca a otra Asamblea que sesionará y decidirá válidamente con un número de personas, cualquiera que sea la cantidad de acciones representadas. La nueva reunión deberá efectuarse no antes de los 10 días hábiles ni después de los 30 días contados para la celebración de la primera reunión.
En la página web del Club Campestre del Caribe S.A www.clubcampestredelcaribe.com
Si se desconecta se sale de la reunión y se disminuye el quorum en proporción a su porcentaje de participación en el capital suscrito.
Si conectado no vota, no se disminuye el quorum, pero su voto no es contabilizado, ni positivo, ni negativo, simplemente no se cuenta.
Sí, pero sólo para los efectos de la elaboración del acta.
Para intervenciones, se permitirá para cada proposición una intervención máxima de tres (3) minutos por persona, únicamente en relación al punto que se está tratando, dos (2) minutos para exponer y uno (1) para concluir.
Contáctenos para más información
Ubicación:
Km 5 antigua vía Puerto Colombia
Celular:
300 352 9506
Correo Electrónico:
gerencia@clubcampestredelcaribe.com